Si estás buscando una estrategia fiscal eficiente, este es un tema que deberías conocer a fondo. Sigue leyendo y te explico por qué en muchos casos es la opción más conveniente.
Hace poco me consultaron sobre la conveniencia de adherir al Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) y, sin dudarlo, mi respuesta fue: ¡SÍ! En todos los casos que he revisado, el REIBP ha resultado más beneficioso que la alternativa de adherirse al programa de «contribuyente cumplidor», el cual ofrece una rebaja en la alícuota de bienes personales del 0,5% por los próximos tres años.
¿Cuáles son las ventajas del REIBP?
Primero, tiene un menor costo económico a largo plazo. Te libera de presentar las Declaraciones Juradas de Bienes Personales durante los próximos 5 años y ofrece una menor alícuota: 0,45% frente al 1,50% actual. Además, brinda estabilidad fiscal, ya que te asegura una alícuota que no podrá ser superior al 0,25% a partir de 2027 y hasta el 2038. En resumen, es una opción que ofrece certidumbre y ahorro en un panorama fiscal siempre cambiante.
¿Cuál es la desventaja? La gran erogación de capital que implica, y lo hará en muy poco tiempo. Para inversores con estructuras diversificadas o complejas, sugiero analizar el valor actual de los flujos antes de tomar decisiones como desarmar posiciones.
Entonces, ¿adherirse o no al REIBP? Todo indica que sí, sobre todo si buscas reducir tu carga fiscal de manera significativa y ganar previsibilidad. ¿Qué harías en tu caso? ¿Apostarías por la estabilidad a largo plazo?
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