La Administración Federal de Ingresos Públicos implementó nuevos cambios al Régimen de Regularización de Activos, aclarando puntos clave en el monotributo, obras en inmuebles y bienes de cambio.
Puedes descargar el texto completo de la Resolución aquí y a continuación reproducimos lo que indicó la entidad Pública respectos de ella:
En el marco del Nuevo Pacto Fiscal, y a partir del Decreto 773/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo precisiones al Régimen de Regularización de Activos. A través de la Resolución General N°5561/24, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial, el organismo reglamentó ciertos aspectos para monotributistas, la regularización de obras sobre inmuebles, bienes de cambio y otros. Entre las principales precisiones se destacan:
Monotributo
El organismo especifica que los activos declarados por pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración.
Obras en construcción y mejoras sobre inmuebles
Con respecto a los requisitos para acreditar la titularidad, se deberá presentar la escritura traslativa de dominio. En su defecto, será válido un boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar con certificación notarial, siempre que se haya entregado la posesión antes del 31 de diciembre de 2023.
Para acreditar la valuación de las obras y mejoras, se deberán adjuntar facturas o documentos equivalentes que respalden las inversiones realizadas, informes técnicos de un profesional que certifique la valoración de las mejoras, certificados de avance de obra, y/o contratos de locación de obra.
Bienes de cambio y otros bienes
La titularidad de los bienes de cambio, bienes en proceso de producción y bienes terminados al 31 de diciembre de 2023 se acreditará mediante factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, contratos relacionados con la adquisición de los bienes, u otros medios fehacientes que demuestren la titularidad, con detalles que incluyan la descripción y cantidad de los bienes.
Por otra parte, la valuación se acreditará mediante la documentación mencionada anteriormente y otros documentos, como pólizas de seguro que contengan la valuación de los bienes, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado, y valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores. Estas modificaciones buscan optimizar la operatividad del régimen y ofrecer mayor claridad a los contribuyentes interesados en regularizar sus activos.
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