Conoce las nuevas aclaraciones de la AFIP sobre el Régimen de Regularización de Activos

La Administración Federal de Ingresos Públicos implementó nuevos cambios al Régimen de Regularización de Activos, aclarando puntos clave en el monotributo, obras en inmuebles y bienes de cambio.

Puedes descargar el texto completo de la Resolución aquí y a continuación reproducimos lo que indicó la entidad Pública respectos de ella:

En el marco del Nuevo Pacto Fiscal, y a partir del Decreto 773/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo precisiones al Régimen de Regularización de Activos. A través de la Resolución General N°5561/24, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial, el organismo reglamentó ciertos aspectos para monotributistas, la regularización de obras sobre inmuebles, bienes de cambio y otros. Entre las principales precisiones se destacan:

Monotributo

El organismo especifica que los activos declarados por pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración.

Obras en construcción y mejoras sobre inmuebles

Con respecto a los requisitos para acreditar la titularidad, se deberá presentar la escritura traslativa de dominio. En su defecto, será válido un boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar con certificación notarial, siempre que se haya entregado la posesión antes del 31 de diciembre de 2023.

Para acreditar la valuación de las obras y mejoras, se deberán adjuntar facturas o documentos equivalentes que respalden las inversiones realizadas, informes técnicos de un profesional que certifique la valoración de las mejoras, certificados de avance de obra, y/o contratos de locación de obra.

Bienes de cambio y otros bienes

La titularidad de los bienes de cambio, bienes en proceso de producción y bienes terminados al 31 de diciembre de 2023 se acreditará mediante factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, contratos relacionados con la adquisición de los bienes, u otros medios fehacientes que demuestren la titularidad, con detalles que incluyan la descripción y cantidad de los bienes.

Por otra parte, la valuación se acreditará mediante la documentación mencionada anteriormente y otros documentos, como pólizas de seguro que contengan la valuación de los bienes, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado, y valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores. Estas modificaciones buscan optimizar la operatividad del régimen y ofrecer mayor claridad a los contribuyentes interesados en regularizar sus activos.

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